Convocatoria BDNS 932998
Acuerdo de 24 de septiembre de 2026 de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la concesión directa de subvenciones a los agricultores, ganaderos y apicultores profesionales titulares de explotaciones agrarias dañadas por los incendios.
Comprobación previa de minimis
La solicitud exige declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores. Margen disponible del solicitante por CIF:
| Órgano convocante | CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MEDIO RURAL Y POLÍTICA AMBIENTAL (CASTILLA Y LEÓN) |
|---|---|
| Administración | Autonomica |
| Presupuesto total | 170.500 € |
| Plazo de solicitud | — – 30/08/2026Sin plazo de solicitud |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa - instrumental |
| Instrumento | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Beneficiarios | PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sectores (CNAE) | 01 Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Ámbito territorial | CASTILLA Y LEON |
| Registro en la BDNS | 02/10/2026 |
Bases reguladoras
Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. Artículo 31.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede pedir esta ayuda?
- PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ¿Hasta cuándo se puede solicitar?
- Hasta el 30/08/2026 (Sin plazo de solicitud).
- ¿Es una ayuda de minimis?
- Sí, según los datos publicados. Calcula el margen disponible.