Convocatoria BDNS 931968
Resolución 29/09/2026, convocatoria de ayudas, para la prevención de daños ocasionados por el conejo de monte en cultivos agrícolas en Castilla-La Mancha. NO AYUDAS DE ESTADO
Comprobación previa de minimis
La solicitud exige declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores. Margen disponible del solicitante por CIF:
| Órgano convocante | VICECONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE (CASTILLA-LA MANCHA) |
|---|---|
| Administración | Autonomica |
| Presupuesto total | 40.000 € |
| Plazo de solicitud | 08/10/2026 – 09/11/2026Un mes desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Instrumento | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Beneficiarios | PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sectores (CNAE) | 01 Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Ámbito territorial | CASTILLA LA MANCHA |
| Registro en la BDNS | 28/09/2026 |
Bases reguladoras
Orden 122/2026, de 25 de agosto, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de minimis de ayudas para la prevención de daños ocasionados por el conejo de monte en cultivos agrícol
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede pedir esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ¿Hasta cuándo se puede solicitar?
- Hasta el 09/11/2026 (Un mes desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria).
- ¿Es una ayuda de minimis?
- Sí, según los datos publicados. Calcula el margen disponible.